miércoles, 3 de julio de 2013

Una revisión urgente de la ley del celibato (J. Ratzinger).


J. Ratzinger y otros teólogos escribieron en su tiempo una Memorandum a la Conferencias Episcopal de Alemania, pidiéndole que revisara, con carácter de urgencia, su postura sobre la ley del celibato.

Era un momento importante (¡y perdido!) de la Historia de la Iglesia. Recordemos algunas fechas:

1965. Terminó el Concilio Vaticano II, con grandísimos logros, pero con algunos temas centrales que dejó para el estudio y decisión del Papa (Pablo VI: 1963-1978). Entre ellos sobresalían los del celibato del clero, la ordenación ministerial de las mujeres y la respuesta de la iglesia ante el tema de los anticonceptivos (formas de control de natalidad).

Pablo VI era en principio un hombre abierto, un hombre ejemplar, pero tuvo miedo y cerró los tres caminos; los cerró en falso . Pues bien, pienso que ha llegado el momento de volver al espíritu del Vaticano II, para replantear de un modo serio éstos y otros temas. Ésta es a mi juicio una de las tareas urgentes del Papa Francisco.


1967. La Sacerdotalis caelibatus mantuvo la obligación del celibato, con argumentos y justificaciones que no todos aceptaron (ni aceptan).

1968 Humanae Vitae. Pablo VI siguió teniendo miedo, y en contra del parecer de gran parte de sus consejeros, impuso (¡ante no la había!) la prohibición de los medios “no naturales” de control de natalidad (Humane Vitae). Gran parte de la iglesia no aceptó ni acepta sus razones; pienso que es hora de retomar aquel tema.

1975: Inter Insigniores, sobre la “ordenación ministerial de las mujeres”.Finalmente, en el ocaso de su pontificado, Pablo VI avaló y firmó una carta de la Congregación para la Doctrina de la Fe (¡el día de Santa Teresa: 15.10.75) donde exponía las razones en contra de la ordenación ministerial de la mujeres. Una parte muy considerable de los teólogos y, en especial, de los biblistas no compartieron las “razones del papa”. El tema sigue abierto, como he puesto de relieve en este blog hace unos pocos días (cf. 15.06.13).

Entre los que no aceptaron las razones y decisiones del Papa Pablo VI, por contrarias al “espíritu” del Vaticano II, destaca J. Ratzinger, que, con otros grandes teólogos, dos de ellos cardenales (Karl Lehmann y Walter Kasper, cf. también Karl Rahner) escribieron un memorándum a la Conferencia Episcopal Alemana pidiéndole que estudiara y revisara (¡en contra de la opinión del Papa) el tema del celibato.


El documento del Papa (Sacerdotalis Coelibatus, 1967) tenía carácter de Encíclica, la máxima autoridad de un texto papel (a no ser una declaración Ex Cathedra). A pesar de ello, Ratzinger y otros teólogos pidieran a la Conferencia Episcopal Alemana que revisara el tema, que iniciara un movimiento en contra de la obligación del celibato.


No sé si J. Ratzinger, luego Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, luego Papa, ha cambiado en este campo. Creo que no. Pero quizá los “cargos” le han hecho guardar silencio. No estaría mal que retomada su “espíritu primero”, ahora que se dispone a ofrecer al Papa Francisco su encíclica sobre la Esperanza.


Es claro que no todo se arregla con la “supresión del celibato”. Es claro que el tema ha de verse en un contexto nuevo del sentido y meta de los ministerios en la Iglesia… Pero los argumentos de aquellos teólogos alemanes siguen teniendo mucho peso y es bueno recordarlos en la iglesia.

Presentación y estudio del tema en:

Joseph Ratzinger y otros teólogos / 1970

MEMORANDO PARA LA DISCUSIÓN SOBRE EL CELIBATO

Los abajo firmantes, de la confianza de los obispos alemanes, elegidos en calidad de teólogos por la Conferencia Episcopal Alemana para tratar sobre cuestiones de la fe y la moral, se sienten obligados a presentar a los obispos alemanes las siguientes consideraciones. Nuestras reflexiones incluyen la necesidad de una revisión urgente y una mirada diferenciada de la ley del celibato de la Iglesia latina para Alemania y la Iglesia universal (debido a que ambos puntos de vista no pueden separarse completamente unos de otros). Si se quiere llamar a este nuevo examen “debate” o no es un problema secundario, terminológico. Sobre la cuestión de cómo se podría hacer esta revisión, se dirá algo más adelante. (Ver especialmente V).

I

La urgente necesidad de esta revisión no prejuzga en absoluto sobre la decisión de lo que deba surgir como resultado o de lo que concretamente resulte. Esta petición no es un reclamo de opositores al celibato sacerdotal. Los abajo firmantes tampoco han acordado hasta ahora una visión común de lo que ellos creen en particular sobre la cuestión de fondo. Pero todos están convencidos de que es apropiado y necesario que este examen se lleve a cabo en un alto y en el más alto nivel de la iglesia. Sólo para tal fin se redactaron las siguientes palabras, y no tocan ya el contenido específico de tal “discusión” en sí misma. Los firmantes pedimos a los Obispos alemanes no malinterpretar las consideraciones aquí presentadas como una lucha contra el celibato en sí.

Estamos convencidos de que el celibato libremente escogido como lo propone Mateo 19 no sólo representa una manera de existencia cristiana con sentido, esencial en todo momento para la iglesia como signo indispensable de su carácter escatológico, sino que también existen buenas razones teológicas para la relación entre la libre elección del celibato y el sacerdocio, ya que este ministerio requiere una amplia y definitiva entrega del ministro al servicio de Cristo y su Iglesia. En este sentido, ratificamos lo que recientemente se afirmó sobre el celibato en la “Carta de los obispos alemanes sobre el ministerio sacerdotal” (véase el apartado 45, 4to. párrafo; apartado 53, 2do. párrafo). Del mismo modo, también estamos convencidos de que, sin perjuicio del resultado de la discusión, el sacerdocio célibe permanecerá siendo una forma esencial del sacerdocio en la Iglesia latina.

Además resulta claro que, en nuestra Iglesia, el sacerdocio célibe debe permanecer –a diferencia de la práctica protestante- como forma auténtica y real del el clero secular, ya que, también en la conciencia pública social y psicológica, la vida soltera sin lugar a duda es asumida como un deber ante la Iglesia. Sin duda alguna los sacerdotes ya ordenados por supuesto no pueden ser liberados sencillamente y en forma general de sus promesas en la ordenación por una legislación nueva, posiblemente modificada, resulte ésta como resulte.En principio, una vez que el celibato es libremente escogido, obliga, y no se puede transformar en un compromiso revocable. A partir de estas razones, un verdadero debate de la ley del celibato no debe incrementar la confusión en nuestros seminarios sacerdotales hasta lo insostenible o provocar mayoritariamente una suspensión de todas las decisiones en los jóvenes. Nuestra solicitud, por tanto, no debe identificarse sólo con el tipo de discusión o con la “solución” dada en Holanda a esta pregunta, aún cuando no deben ser ignoradas la necesidad común y la urgencia del problema para la Iglesia universal.

Por lo tanto, el planteo de la revisión aquí mentada cuestiona, si la forma en la que se dio la existencia sacerdotal hasta la actualidad en la Iglesia latina pueda ser la única forma de vida y deba seguir siéndolo. Son conocidas las objeciones presentadas a menudo en contra de dicha revisión; en realidad concretamente sólo podría darse una forma de vida sacerdotal; en el caso de aprobarse otras formas de vida, habría de esperarse la desaparición del sacerdote célibe. Somos conscientes de estas razones. Pero quien de antemano considera como superfluo este esclarecimiento, parece tener poca fe en el poder de este consejo del evangélico yen la gracia de Dios, de la que luego en otro lugar afirma que está operando - no la mera “ley” - sino este don de Cristo. (Esto no está claro)

II

Ciertamente, esta revisión puede llevarse a cabo. - Es que no es teológicamente correcto que en las nuevas situaciones históricas y sociales algo no se pueda revisar y, en ese sentido, no se pueda “discutir” lo que es una ley humana en la Iglesia (mandato del celibato) por una parte y, por otra, lo que existe como una realidad aceptada en otro ámbito de la Iglesia (véanse las Iglesias de Oriente).Afirmar lo contrario no encuentra sustento en ningún argumento teológico serio. Si se dijera, que el principal pastor de la Iglesia prohíbe este “debate” y que para exigirlo posee por lo menos razones psicológicas muy buenas y por tanto de peso (debido a que un debate adicional está minando la voluntad real al celibato en la iglesia), deberá responderse al menos lo siguiente:


a) En la posición, que la doctrina eclesiástica del Concilio Vaticano II asigna a los obispos, éstos no pueden ser liberados por dicha declaración papal (siempre y cuando haya acontecido) de su propia responsabilidad de reconsiderar por sí mismos y específicamente en modo novedoso esta pregunta; el Papa tampoco puede aliviarlos de esta responsabilidad. Ellos no son funcionarios papales o simplemente ejecutores de su voluntad, sino como un cuerpo (junto al sucesor de Pedro), verdadero soporte del máximo poder de toma de decisiones en la Iglesia. En tanto claustro, por lo menos son interlocutores dignos de ser escuchados por el Papa (aún cuando éste pueda hacer uso de su poder primacial!) y aunque un consejo de esta índole sea tomado con reticencia (ver a Pablo y Pedro: Ga. 2). Pero para cumplir con esta tarea, los obispos deben revisar tal pregunta entre ellos de modo colegial y por su propia iniciativa. Si hasta un simple subordinado tiene el derecho y la obligación de cuestionarse, si no debe y puede presentar sus preocupaciones y advertencias en cuestiones importantes a su superior, aun sin serle requerido, ¿cuánto más es válido este principio también para los obispos de la Iglesia Católica frente al Papa? Y justamente esto requiere de una reconsideración especial de la cuestión.

Hubiese sido mucho mejor, si los ministros responsables de la Iglesia hubieran considerado ya hace unos años seriamente y con detalle la situación creada. Entonces, las reflexiones necesarias probablemente hubiesen transcurrido en una atmósfera más apropiada para el asunto y no cargadas de tanta emotividad. Esto no altera el hecho de que la mentada revisión se ha vuelto más urgente hoy día.

b) Es sabido que ya está en marcha una discusión, y es un hecho duro y crudo a tener en cuenta, que esta disputa continúa. Si no avanza en el nivel más alto, lo hace, ciertamente, en los niveles inferiores (por no hablar de los medios de comunicación). Sin embargo, si continúa sólo aquí, se espera que cobre formas que colocarán a los obispos ante situaciones muy difíciles, sencillamente intolerables, como por ej. las encuestas públicas, que perjudican en extremo su autoridad ; desobediencia manifestada colectivamente; renuncias masivas de sacerdotes a su vida sacerdotal, etc. Tampoco es cierto - como lo demuestra el ejemplo de Roboam en el Antiguo Testamento - que cualquier dureza en el mantenimiento de una posición garantice la victoria, y cada “ceder” conduzca a la derrota (ver l Reyes 11 - 12). Los que deciden adherir a la legislación vigente del celibato, deberían haber defendido en el transcurso de los últimos años argumentos prácticamente convincentes con un espíritu de coraje y compromiso, es decir utilizando una táctica “ofensiva”. En su lugar, en gran medida se han escudado detrás de la “ley”, y fueron los regentes, los espirituales y otros los que quedaron peleando en el frente concreto. Ahora sale a la luz esta situación y empuja sin descanso a encontrar una respuesta valedera.

III

Estas consideraciones deben tenerse en cuenta al abordar una revisión. - No es cierto que todo resulta claro y seguro en esta cuestión y que deba mantenerse lo establecido exclusivamente en base a la confianza en Dios y al valor. Honestamente hay que reconocer que la encíclica “Sacerdotalis Coelibatus”, del 24 de junio de 1967 no dice nada acerca de muchos temas, en los cuales debería haberse explayado, y que en algunos aspectos incluso queda por detrás de la teología del Concilio Vaticano II (por no hablar de la forma de discurso elegida para desplegar la cuestión). En cualquier caso, resultó ser muy ineficiente y ha provocado en los sacerdotes jóvenes más bien la impresión de que se está defendiendo algo, que luego caerá , tal como ha ocurrido en varias combates de retirada de la Iglesia oficial (véanse, por ejemplo, tan sólo las diferentes fases de la reforma litúrgica ). Es necesario repensar muchos temas con mayor precisión en cuanto a las cuestiones psicológicas, sociológicas, jurídicas, espirituales, morales y teológicas, y en vista de los problemas frecuentemente pasados por alto surgidos de la concreta forma de vida del sacerdocio célibe de hoy (inclusive las cuestiones referidas a formas todavía hoy día indignas para disponer la dispensa al celibato).

Tampoco es cierto, que la totalidad del problema de la insuficiencia de sacerdotes no guarde relación con estas consideraciones. Por supuesto, la escasez de sacerdotes no es causada únicamente por el requisito del celibato, sino posee además múltiples y más profundas causas. Pero sería erróneo concluir que las dos cuestiones no tienen nada que ver entre ambas. Si, sin modificación de la ley del celibato no es posible ganar un aumento suficientemente importante de sacerdotes- y esta pregunta es también para nuestro país aún una amenaza abierta - entonces la Iglesia sencillamente tiene el deber de realizar alguna modificación. La convicción, de que Dios obtendría siempre en cualquier caso suficientes sacerdotes célibes por su gracia, es una esperanza buena y piadosa, pero teológicamente imposible de demostrar, y no puede permanecer en estas consideraciones como punto de vista único y decisivo. Especialmente los jóvenes sacerdotes que aún tienen un largo trayecto de su vida sacerdotal por delante y una exigencia cada vez mayor en su servicio a la Iglesia, se preguntan, en vistas de la escasez cada vez más aguda de sacerdotes, de qué manera resolverán estos problemas de la vida de la iglesia y de su propio destino en los próximos años, cuando ellos mismos deban asumir mayor responsabilidad. Para ellos, la mirada idealizada hacia atrás no alcanza, aún cuando ellos mismos mantengan su modo de vida previamente elegido.

De cualquier modo, es imperioso hacer una advertencia sobre el argumento, según el cual el número real de católicos en el futuro será en poco tiempo lo suficientemente pequeño, que un número menor de clero célibe alcanzará. Si tal vez tenemos que prever por diversas razones un desarrollo en esta dirección, esto no deberá ser la causa que devenga en un derrotismo o en una ideología del “pequeño resto”. La Iglesia debe tener fuerzas misioneras para la ofensiva, siempre donde exista una posibilidad. La legislación anterior acerca del celibato desde luego no puede entenderse como una referencia absoluta para las reflexiones, según la cual deban orientarse con exclusividad todas las demás consideraciones eclesiásticas y pastorales. Si pese a los “graves reparos” el Papa mismo aparentemente no rechaza la idea de la consagración de hombres mayores casados («viri probati”) a priori y absolutamente como indiscutible (de hecho, en algunos casos ya se está haciendo), entonces implícitamente se acepta la nueva revisión de la legislación vigente del celibato y su práctica. A su vez debemos admitir - por lo que percibimos en nuestros estudiantes de teología - que a menudo tenemos la impresión, de que nuestra actual reglamentación en gran medida conduce no sólo a una disminución en el número de candidatos para el sacerdocio, sino también a un empobrecimiento del talento, y por tanto a una reducción en las exigencias y la eficacia de los sacerdotes aún disponibles; sin perjuicio de un número muy reducido de teólogos muy talentosos, que a menudo se acercan a nosotros con el propósito de una segunda formación. Los que aseguran a su obispo no tener ninguna dificultad con respecto a la aceptación del celibato, no han demostrado por esto de modo concluyente que son aptos para la consagración.

Todavía queda abierta la pregunta, hasta qué punto estas explicaciones pueden plantearse sin despertar reservas internas y ser tomadas con seriedad por los obispos. Casi en todas partes experiencias recientes documentan nuestra duda. Por su parte, los resultados de los votos a favor o en contra del celibato obtenidos o esperables entre los alumnos dan lugar a muy serios reparos. La situación real es muy alarmante en la mayoría de las casas de estudio y seminarios.

IV

Cuando se trata de un asunto, que no es dogmático en sentido estricto, el legislador eclesiástico también tiene la obligación de considerar debidamente el impacto de su legislación (incluyendo la adhesión a esta misma). En primer lugar, deben enfocarselos efectos que por una parte son previsibles y por otra parte son los más dañinos (en comparación con sus buenas intenciones). Esto vale incluso, si los efectos “en sí” no se producirían y en cierto modo representasen una reacción indeseada de aquellos, que están afectados por esta “ley”. Además, un legislador de la Iglesia no puede limitarse a decir: nuestra “ley “ y nuestras intenciones son en sí mismasbuenas por su contenido, son formalmente legítimas y sólo pueden tener buenos resultados, siempre que esta “ley” sea acatada (como debería ser). Cada legislador a su vez debe reflexionar sobre las consecuencias reales de sus disposiciones. Esta consideración sencilla, a primera vista aparentemente abstracta, pero de ninguna manera secundaria, no parece efectuarse siempre suficientemente. Ya hemos fijado la vista en esta cuestión de modo objetivo en cuanto al cumplimiento del mandato de la Iglesia y del ministerio (prioridad del servicio de salvación pastoral, escasez de sacerdotes, los requisitos cualitativos del sacerdote, etc.)

Este problema, empero, también debe pensarse en cuanto a la viabilidad de la vida de celibato de los sacerdotes jóvenes de hoy (véase, por ejemplo, la cuestión de la atención en el hogar - “ama de casa”; el creciente aislamiento y la pérdida de verdadero “reconocimiento” de numerosos sacerdotes en medio de muchas comunidades; la falta de nitidez de la imagen sacerdotal; la indecisión y la inestabilidad psicológica de cuantiosos jóvenes para llevar adelante hoy día en la sociedad sexualmente sobre-estimulada una “saludable” vida de celibato, etc.) La situación totalmente modificada por todo esto no es por sí misma un argumento concluyente contra la ley del celibato, pero requiere sin embargo una revisión muy seria de la cuestión desde numerosos puntos de vista.

V

1. El nuevo examen sobre la cuestión del celibato debería ser realizado por los obispos alemanes entre sí, en primer lugar. Por supuesto, deberían ser invitados a participar expertos de todos los ámbitos que puedan aportar un esclarecimiento real a esta cuestión. Tampoco hay razones para excluir otros representantes imparciales, no manipulados y genuinos de los sacerdotes y sobre todo del clero más joven. En caso contrario, el episcopado sólo daría la impresión de no creer realmente en la fuerza interior de la recomendación evangélica del celibato “por el bien del Reino Divino”, sino únicamente en el poder de la autoridad formal. Tal inventario positivo y análisis del problema debe llevarse a cabo, a su vez, porque el asunto del celibato debe ser expuesto comprensiblemente y con sentido, mismo dentro de los condicionamientos de la opinión pública y de la sociedad actuales – en tanto esto sea posible - conociendo los límites muy claros de este esfuerzo. Constituirá un “estorbo”, permanente pero no eximirá de ser presentado con los mejores argumentos, si se realiza una revisión seria y se puede arribar a resultados positivos (ver también más arriba la sección l). Por más que sepamos, que el celibato es ante todo un fruto de experiencia espiritual, como representantes de la ciencia teológica, tenemos que llamar la atención sobre la función positiva, esclarecedora e indispensable de una revisión.

2. Además, estamos convencidos de que los obispos alemanes deben propiciar ante Pablo VI una revisión seria de la ley de celibato y sugerir aclaraciones y medidas pertinentes. Los obispos tienen el derecho a esto y, en la situación actual, creemos también una real obligación. Un verdadero “debate”, que ya debiera haberse producido en lugar de la charla pública, tampoco sería un precedente para una respuesta negativa a la cuestión. Dicha revisión no debería realizarse bajo la premisa, que la Iglesia y el Papa se encuentren sólo ante el dilema de “abolir” el celibato o mantener la legislación y práctica vigentes sin todos los matices. El dilema así planteado no existe. Creemos que esta cuestión de Roma sólo puede resolverse en cooperación verdaderamente sincera y colegial con el episcopado del mundo. Cualquier proceder según los últimos pasos pone en extremo peligro la autoridad efectiva del ministerio eclesiástico (del Papa y los obispos). Pedimos a los obispos alemanes una pronta intervención en Roma, en vistas de la evolución reciente de este asunto. La experiencia hecha con “Humanae Vitae” y también en nuestra presente cuestión (sobre todo en los últimos 10 días) demuestra lo que ocurre y como las dificultades van en aumento casi trágico, si falta la cooperación. Esta opinión no cuestiona ni limita la primacía papal. Es sólo la aplicación de la afirmación implícita, que también el Papa debe utilizar en sus decisiones las “apta media” para encontrar la decisión adecuada. En la situación actual, esta cooperación con el episcopado mundial es, al tratar estas cuestiones, prácticamente parte de estas “apta et – hodie necessaria - media”, y no un simple “simulacro de disputa”.
Tal vez nuestra opinión sea rotulada con el veredicto de la ambigüedad o incluso de la contradicción, y sea pasada por alto. Pero las reales dificultades descansan en la situación objetiva muchas veces confusa, resultado de diversos factores. Hemos querido enfrentarnos a esta situación, sin ignorar la fuerza y la exigencia del Evangelio. No debemos hacer prescripciones a los obispos alemanes. Pero tenemos el derecho y el deber de decir en esta grave situación a los miembros de la Conferencia Episcopal Alemana, basándonos en nuestro ministerio como teólogos y en nuestra misión como consultores con todo respecto a la dignidad y gran responsabilidad de su cargo, que deben tomar una nueva iniciativa en el asunto del celibato y no pueden considerarse dispensados sólo debido a la práctica actual de la Iglesia y a las declaraciones del Papa.

9 de febrero de 1970

suscribe Ludwig Berg, Mainz
suscribe Alfons Deissler, Freiburg
suscribe Richard Egenter, München
suscribe Walter Kasper, Münster
suscribe Karl Lehmann, Mainz
suscribe Karl Rahner, Münster-München
suscribe Joseph Ratzinger, Regensburg
suscribe Rudolf Schnackenburg, Würzburg
suscribe Otto Semmelroth, Frankfurt

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